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Lo que necesitas saber de la ley de arrendamientos urbanos de la comunidad de Madrid (Parte II)

La Ley de Arrendamientos Urbanos de la Comunidad de Madrid es quizá el soporte legal más importante en el sector del alquiler de viviendas de esta comunidad y trata de regular de la mejor forma posible, las relaciones entre el propietario y el inquilino para evitar problemas durante el contrato de arrendamiento.

Cualquier inmobiliaria de alquiler seguro conoce esta Ley a la perfección para informar a sus clientes convenientemente en caso de problema con su inquilino o propietario.   Hace algunos post expusimos varios puntos importantes de esta Ley que había sido actualizados del documento original aprobado en 1994, pero todavía quedan muchos más que seguro te gustará saber si deseas un alquiler de pisos con inquilinos solventes garantizado. Vamos a verlos:

Actualización de la renta

La renta sólo se podrá actualizar de año en año siempre que estén de acuerdo las partes. Si no hay acuerdo, se actualizará aplicando la renta del año anterior más el IPC.  La renta actualizada se le exigirá al arrendatario a partir del mes siguiente a ser notificado por escrito la nueva cuota con el porcentaje de alteración aplicado. Será válida la notificación por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.

Obras por parte del propietario

Si transcurridos tres años del contrato, el arrendador hace obras de mejora en el inmueble, le dará derecho, salvo pacto contrario, a aumentar la renta anual de la vivienda con una cuantía que resulte de aplicar el capital que ha invertido en la mejora y el tipo de interés legal del dinero en el momento de finalizar las obras incrementado en tres puntos. No se puede subir más del 20% de la renta vigente hasta ese momento.

Ley de Arrendamientos Urbanos3

Obras por parte del inquilino

El arrendatario no podrá hacer obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de sus accesorios, tampoco que disminuyan la estabilidad o seguridad de la vivienda. Además, deberá contar con el consentimiento del arrendador por escrito. Si el inquilino hace obras sin su permiso, el propietario podrá exigir al concluir el contrato que el arrendatario deje todo como estaba anteriormente sin que pueda reclamar indemnización alguna. Además, podrá resolver el contrato.

Ley de arrendamientos urbanos 2

Arrendatarios con discapacidad

Los inquilinos con algún tipo de discapacidad podrán hacer las obras pertinentes en el interior de la vivienda, acorde a su discapacidad o a su edad (superior a 70 años), siempre que lo notifiquen por escrito al propietario. Este podrá exigir al arrendatario al término del contrato que deje la vivienda en el estado anterior.

Adquisición preferente del inquilino

Si en el contrato las partes habían acordado el derecho de adquisición preferente del inquilino se puede proceder también a un acuerdo de renuncia. En ese caso, si el propietario desea vender su vivienda, deberá comunicarlo al arrendatario con una antelación mínima de 30 días a la fecha de formalización del contrato de compraventa.

Resolución del contrato por impago

Si la finca urbana arrendada está inscrita en el Registro de la Propiedad y se ha estipulado en el contrato este caso, el propietario podrá recuperar la vivienda si ha requerido judicial o notarialmente al inquilino el pago correspondiente y este no ha contestado en diez días hábiles. Este hecho será suficiente para la cancelación del arrendamiento en el Registro de la Propiedad.

Actualización de la fianza

En los tres primeros años del contrato la fianza no se actualizará, pero cada vez que el contrato se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza se incremente o el inquilino que disminuya hasta que el importe sea igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según el tiempo de la prórroga. En el caso de que el tiempo pactado exceda de tres años, la actualización de la fianza se regirá por lo estipulado por las partes. Si no hay un pacto, la actualización de la fianza se llevará a cabo como la actualización de la renta. Estas son algunas de las últimas actualizaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos que seguro te vendrá bien saber para tu próximo alquiler o el que tienes ya en curso. Contacta con nosotros para solventar cualquier duda o consulta.

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