BLOG

Blog Renta Garantizada

Seguro de responsabilidad civil de alquiler para inquilinos, ¿es obligatorio?

En general, los seguros de responsabilidad civil suelen ser contratados de manera habitual por autónomos y empresas, ya que ofrecen coberturas muy interesantes en caso de reclamación de indemnizaciones por daños involuntarios a terceros. Al tratarse de un seguro muy útil, cada vez más particulares contratan este tipo de póliza para solventar cualquier incidencia relacionada con el vehículo o con el hogar que pueda afectar a otros bienes o personas.

¿Es obligatorio un seguro de responsabilidad civil de alquiler para inquilinos? Esa es la pregunta que se hacen muchas personas que desean alquilar una vivienda y también muchos propietarios. En este post vamos a aclarar cualquier duda relacionada con este asunto.

Seguro de responsabilidad civil para inquilinos

Un seguro de hogar normal cubre los daños que sufra el inmueble en los supuestos que contempla la póliza, por ejemplo, daños eléctricos, estéticos, por fugas de agua, etc. También puede incluir la estructura, los elementos fijos de la vivienda y el contenido, como los muebles y bienes que se encuentren en ella. Entonces, ¿qué diferencia hay entre un seguro de hogar contratado por el propietario y otro para inquilinos?

Realmente no hay ninguna diferencia en lo esencial, ya que en un seguro de inquilinos se pueden incluir las coberturas que se quiera, la diferencia es que se amplían los posibles riesgos y se tiene en cuenta las necesidades concretas de la persona, en este caso del inquilino, que no son las mismas que las del propietario.

En un seguro de alquiler para inquilinos se tienen en cuenta aspectos como el asesoramiento, la defensa jurídica, la protección en caso de incumplimiento de contrato, el robo de sus bienes y, sobre todo, la responsabilidad civil frente a terceros.

No es obligatorio en ningún caso contratar un seguro de responsabilidad civil de alquiler por parte del inquilino, aunque sin duda es recomendable para él, ya que obtendrá una mayor protección y más tranquilidad.

Vamos a poner un ejemplo: si la póliza contratada por el inquilino incluye el robo de sus bienes, en caso de que haya un robo en casa, el seguro del propietario pagará los daños de la puerta o la ventana forzada, pero no indemnizará al inquilino por el robo de sus bienes, tan solo pagará los bienes que estuvieran incluidos en el inventario.

Pero hay otro escenario mucho peor. En caso de siniestro, si se demuestra que la responsabilidad de lo ocurrido es del inquilino, el seguro del propietario no responderá por los daños y será el inquilino el que tenga que asumir los gastos de su propio bolsillo, a no ser que disponga de una póliza de responsabilidad civil.

Otras coberturas interesantes para el inquilino pueden ser la protección y apoyo jurídico en caso de incumplimiento de contrato por parte del propietario. Por ejemplo, si quiere disponer del inmueble antes de que finalice el contrato sin una causa justificada o que se niegue a devolver la fianza. El seguro respaldará al inquilino en cualquiera de estas situaciones para buscar la mejor solución.

Coberturas del seguro de responsabilidad civil de alquiler para inquilinos 

Los seguros para inquilinos hacen más hincapié en el contenido que en el continente, es decir que sus garantías se enfocan en siniestros como incendios, explosiones, rayos o actos malintencionados que pueden afectar al contenido. La protección del continente corre a cargo del propietario.

Las coberturas dependen del tipo de póliza que cada compañía de seguros ofrezca y de las diferentes modalidades según el nivel de protección. Las garantías más habituales son las siguientes:

  • Protección del contenido del inmueble de robos y daños.
  • Cobertura de responsabilidad civil. Normalmente se pueden elegir entre distintas sumas: 60.000, 150.000 o 300.000 euros.
  • Daños por agua.
  • Daños eléctricos.
  • Posibles averías del hogar.
  • Defensa jurídica.
  • Recuperación de la fianza.

Entre las coberturas no contempladas por el seguro para inquilinos se encuentra la defensa en caso de proceso de desahucio o compensación. Estos son los principales aspectos que el inquilino deberá comparar para elegir la póliza más satisfactoria:

  • Cuál es la cuantía máxima de indemnización que cubre la compañía en caso de responsabilidad civil ante terceros.
  • Cuál es el importe asegurado en caso de reparación estética de los bienes.
  • Cuantía máxima asegurada en joyas y dinero.
  • Límite máximo a recibir en caso de siniestro por agua o electricidad.
  • Cantidad máxima a recibir en caso de robo en el interior de la vivienda.
  • Si hay un límite máximo en la defensa jurídica o están todos los gastos cubiertos.
  • En caso de que la póliza incluya reparaciones del hogar, cuántas veces puede utilizar el servicio.
  • En caso de que la vivienda quede inhabitable después de un siniestro si la compañía ofrece alguna compensación (gastos de hotel, por ejemplo).

Para concluir, podemos decir que es recomendable, tanto para el propietario como para el inquilino, disponer de un seguro de responsabilidad civil para estar protegidos ante posibles daños a terceros, por ejemplo, una inundación. En Renta Garantizada te podemos asesorar sobre este o cualquier otro asunto relacionado con el alquiler de viviendas. Contacta con nosotros y cuéntanos lo que necesitas. Recuerda que solo tendrás un alquiler seguro con Renta Garantizada.

 

emailGarantizar mi alquilerphone900 10 10 95