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Seguro de alquiler de vivienda: requisitos para contratarlo

 

Muchos propietarios saben de la existencia de seguros de alquiler pero realmente no conocen todas sus coberturas. La mayoría de estos seguros cubren los desperfectos que se producen en el continente del inmueble pero no se hacen cargo de los posibles impagos de la renta del alquiler por parte del inquilino.

 

En este post vamos a aclarar todos los aspectos relacionados con los seguros de alquiler y los seguros de impago de alquiler, en qué se diferencian y cuál es el más recomendable para el propietario.

 

Seguro de alquiler de vivienda

 

Antes de lanzar una vivienda al mercado de alquiler, el propietario debe tener en cuenta que el inmueble debe estar asegurado para solventar cualquier tipo de siniestro o desperfecto que pudiera ocurrir durante el contrato de arrendamiento.

 

La mayoría de seguros ofrecen un amplio abanico de coberturas, pero cuando la vivienda está alquilada es posible que no sean suficientes, ya que no solo existe el riesgo de que la vivienda sufra algún destrozo, sino algo que suele quitar el sueño a los propietarios: el impago de la renta. Esta contingencia no la cubren los seguros normales de hogar, por lo que el propietario deberá contratar un seguro de alquiler ante impagos del inquilino si quiere dormir tranquilo.

 

Seguro de alquiler de impago

 

El seguro de impago del alquiler normalmente se contrata por separado al seguro del hogar, aunque a veces puede ser complementario. El inquilino puede dejar de pagar su renta mensual por múltiples razones y el seguro de impagos lo que hace es pagar al propietario la renta mensual hasta que se resuelvan los problemas que han originado el impago.

 

Es decir, que el propietario recibirá puntualmente la misma renta acordada en el contrato de arrendamiento el tiempo que sea necesario hasta que se produzca el desahucio del inquilino o que éste pueda volver a pagar la renta acordada. No solo protege de los posibles impagos del inquilino, sino que también suele tener una cobertura muy completa en defensa jurídica.

 

El seguro de impago del alquiler viene a completar la protección al propietario junto a los avales bancarios o el doble mes de fianza que se puede pedir al inquilino al firmar el contrato de alquiler.

 

Coberturas del seguro de impago

 

Aunque dependerá de la compañía aseguradora, estas son las principales coberturas que tienen los seguros de impagos, todas muy atractivas para el propietario:

 

  • El propietario dispone de un servicio jurídico que reclamará al inquilino las cuotas de alquiler no pagadas antes de que se decrete una sentencia de desahucio o una condena por impago.

 

  • En caso de iniciar los trámites de desahucio, las rentas pendientes de pago por parte del inquilino quedan cubiertas.
  • El seguro también se hace cargo de las deudas que tenga el inquilino con el propietario.

 

  • Los servicios jurídicos de la compañía aseguradora llevarán a cabo todos los trámites necesarios para que el inquilino moroso abandone la vivienda lo antes posible, ya sea con una órden o sentencia de desahucio.
  • También se reclaman todos los desperfectos que el inquilino haya ocasionado en la vivienda alquilada.
  • El propietario dispone de un servicio de asistencia jurídica para llevar a cabo cualquier consulta relacionada con sus obligaciones y derechos en relación al contrato de arrendamiento.

 

Requisitos para contratar un seguro de impago por alquiler

 

Uno de los requisitos para contratar el seguro es que la compañía debe aprobar la selección del inquilino con un estudio previo, de tal forma que después de consultar la solvencia económica del candidato, podrá decidir si la persona es apta o se descarta para firmar el contrato de alquiler.

 

Por tanto, antes de firmar el contrato de alquiler, querrá conocer los ingresos del inquilino y saber si puede hacer frente a la renta pactada. Si sumamos las rentas de todos los meses del año, el importe total debe estar por debajo del 40% de lo que ingresa el inquilino.

 

La aseguradora llevará a cabo un estudio de viabilidad económica en el que solicitará distintos documentos dependiendo de la situación laboral del posible inquilino:

 

  • Si el inquilino es trabajador asalariado: dos últimas nóminas para conocer sus ingresos y su antigüedad en la empresa donde trabaja. Si el candidato tiene un contrato indefinido cuenta con más opciones de ser elegido ya que hay mayores garantías de hacer frente a los pagos.
  • Si el inquilino es trabajador autónomo: se solicitan las dos últimas declaraciones trimestrales del IVA y la última declaración del IRPF.
  • Si el inquilino está jubilado: se pide un justificante para comprobar su condición de pensionista y un extracto bancario, o cualquier otro documento que acredite la cuantía de sus ingresos.

 

Además de solicitar estos documentos, las aseguradoras también consultan los listados de morosos disponibles para comprobar si el inquilino aparece en alguno de ellos y, en determinados casos, también puede consultar la Vida Laboral del inquilino para saber su trayectoria profesional.

 

Como vemos, los seguros de impago de alquiler son muy importantes para proteger al propietario. No dudes en contactar con nosotros para resolver cualquier duda sobre este seguro y recuerda que alquilar con Renta Garantizada es sinónimo de profesionalidad y confianza. 

 

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