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¿Se puede cortar la luz a un inquilino que no paga?
Muchos propietarios se plantean la siguiente pregunta: ¿se puede cortar la luz a un inquilino que no paga? Es una situación en la que no quisiera verse ningún arrendador, tampoco si se da la tesitura de qué hacer si mi inquilino no paga alquiler.
Por eso en este artículo vamos a darte todas las claves sobre lo que puede ocurrir cuando un inquilino deja de pagar el alquiler y qué puede hacer el propietario en esos casos sin incurrir en la ilegalidad.
¿Qué ocurre cuando el inquilino no paga?
Una de las situaciones más temidas por los propietarios es el impago y, si la situación se prolonga mucho en el tiempo, lo más recomendable es la vía judicial para echar a los inquilinos de casa, pero estos procesos son muy lentos y algunos propietarios deciden buscar soluciones más contundentes para desalojar la casa, como puede ser el corte del suministro eléctrico
Hay que tener en cuenta que el gas, la luz y el agua se consideran elementos básicos en un inmueble alquilado y, en caso de interrumpir alguno de estos suministros, la vivienda dejaría de satisfacer la necesidad del arrendatario de vivir en ella.
Por tanto, si la vivienda arrendada no cumple con los requisitos mínimos de habitabilidad, el contrato de arrendamiento puede extinguirse porque ya no cumple con las necesidades de vivienda que tiene el inquilino.
Esto significa que, si la vivienda no cumple con los requisitos de habitabilidad necesarios y no puede satisfacer la demanda del arrendatario de utilizar una vivienda con las mínimas condiciones, éste tiene todo el derecho a rescindir el contrato de alquiler.
Por este motivo, el arrendador no debería cortar la luz al inquilino que no paga, ya que puede considerarse como una falta o delito de coacción. Incluso el arrendatario puede exigir al propietario daños y perjuicios por la falta de luz en la casa. Además, si el dueño del inmueble gestiona por su cuenta la baja del suministro con la compañía eléctrica, el inquilino está en su derecho de volver a dar de alta el suministro si así lo desea. Y no solo eso, sino que también podría reclamar los gastos que le ha supuesto volver a reanudar el suministro eléctrico.
¿En qué supuestos puede cortar la luz el propietario?
Aunque el propietario no puede interrumpir el suministro eléctrico, hay algunos supuestos en los que sí podría hacerlo, como por ejemplo en los casos en que el inquilino tiene la responsabilidad de suministrar electricidad a la vivienda siempre que aparezca especificado en el contrato de arrendamiento. En ese caso, si el inquilino no paga las facturas a la empresa que suministra el servicio eléctrico, se podría cortar la luz en la vivienda, aunque sería la propia empresa la que se encargue del proceso.
Si finalmente sucediera este supuesto, el inquilino no tendrá ningún derecho a reclamar nada al propietario porque es el propio inquilino el que se comprometió en su día al pago de los recibos de luz para la habitabilidad de la vivienda.
Si el propietario, después de alquilar la vivienda, sigue siendo el titular del contrato con la compañía de electricidad, él tendrá la responsabilidad de pagar las facturas, ya que, si el inquilino tiene dificultades para pagar la renta mensual, será difícil que se haga cargo de las facturas de electricidad o de otros suministros.
Por tanto, lo que recomiendan los profesionales del sector del alquiler es tratar de evitar la interposición de denuncias por la vía civil para tener la posibilidad de recuperar la vivienda de una manera legal.
Cortar la luz a un inquilino que no paga es un acto de presión para conseguir algo que se puede obtener por otras vías legales. Además, como hemos dicho, el propietario puede correr el riesgo de que su inquilino le denuncie por actos de coacción y todo puede complicarse mucho si no se dan los pasos correctos.
De ahí la importancia de contratar una agencia que ofrezca una gestión integral del alquiler desde el primer día que el propietario decida poner en alquiler su vivienda. De esta forma, si se da una situación de impago de la renta, un profesional experimentado dará los pasos legales necesarios para proteger al propietario y, sobre todo, sabrá lo que no hay que hacer para evitar más problemas en el futuro.
Una buena opción, que a buen seguro recomendaría un profesional de confianza, sería especificar en el contrato de arrendamiento que el inquilino asumirá el pago de todos los suministros con cada compañía. Además, en el contrato también aparecerá el máximo de mensualidades que el inquilino puede dejar de pagar para que se considere un impago y comience el procedimiento para la reclamación de las deudas.
En Renta Garantizada velamos por tus intereses y te ofrecemos las mejores soluciones en caso de impago. Si deseas alquilar tu vivienda contacta con nosotros para resolver cualquier duda, estamos a tu entera disposición. No te la juegues con tu alquiler y cuenta con la confianza de los mejores profesionales. ¿Hablamos?