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Contrato de alquiler con opción a compra, ¿es recomendable?

El contrato de alquiler con opción a compra es algo de lo que se habla mucho en el mercado inmobiliario. Pero ¿conocemos realmente las ventajas y beneficios que puede reportarnos?

 

En realidad, el alquiler de esta índole consiste en un contrato mixto formado a su vez por dos subcontratos o contratos subalternos. En uno de estos contratos, constan todas las condiciones correspondientes al arrendamiento de la vivienda y en el otro todos los todo lo relacionado con la posible opción de comprar el inmueble. Así pues, es preciso ser muy cuidadoso a la hora de elaborar cada uno de estos contratos, para de este modo cumplir todos los requisitos legales y poder lograr una situación jurídicamente provechosa, sin por ello establecer una relación abusiva o leonina.

 

En esta modalidad de contrato mixto, en primer lugar se permite a los inquilinos habitar el inmueble durante un determinado periodo mínimo que viene previamente estipulado, y que por lo común es de 2 a 5 cinco años.

 

Cuando haya concluido tal lapso de tiempo, es cuando el inquilino podrá comprar el inmueble al precio que se haya acordado en el propio contrato. A este precio se le descuentan, en todo o en parte, las mensualidades que ya hayan sido abonadas hasta la fecha. Naturalmente, ello es una ventaja más que notable frente al habitual alquiler tradicional, en que se pagan las cuotas de alquiler durante meses e incluso años ,sin que ello suponga de por sí beneficio alguno para el arrendatario. Ello da lugar a que esta forma de arriendo con opción a compra sea la alternativa preferida por las personas y familias que están buscando mayor estabilidad económica.

 

Cómo es este contrato de alquiler: modelo

 

Como ya hemos dicho, para elaborar este tipo de contrato mixto que es el contrato de alquiler con opción a compra, se ha de ser extremadamente cuidadoso para que se cumplan las condiciones legales necesarias. Aunque no existe una ley aprobada ex profeso para regir este tipo específico de contratos, ha de apuntarse que sí están regidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos o LAU. Esta ha sido reformada en numerosas ocasiones, las más recientes de ellas por surgido de las urnas en las últimas elecciones generales: entre tales modificaciones, ha de destacarse el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

 

En esta disposición se han establecido determinadas medidas que resultan relativamente más beneficiosas para el arrendatario que en anteriores versiones de la LAU: así por ejemplo, la ampliación de los plazos del arriendo, se concede un tiempo más amplio también para que las familias bajo amenaza de desahucio puedan encontrar otro inmueble, se limita el aumento del IPC cada año, y los gastos de gestión han de correr de cuenta del arrendador, entre otras modificaciones de importancia. Tales condiciones legales deben cumplirse en todo contrato de arrendamiento. Hemos de prestar atención a ese punto. El alquiler con opción a compra requiere prestar atención también a estos pormenores del arrendamiento en el contrato. De este tipo de contrato de alquiler, el modelo ha de ser obligatoriamente respetuoso con los plazos y condiciones establecidos.

 

Hay varias condiciones esenciales que deberán figurar en el subcontrato de arrendamiento: a saber:

  • El periodo máximo de tiempo en que la vivienda ha de permanecer en régimen de arrendamiento (el límite máximo es de cinco años).

  • Plazo a partir del cual el arrendatario podrá acceder a la opción de compra el inmueble.

  • La cuantía a la que asciende el plazo mensual del arrendamiento.

  • Otros detalles, como quién se habrá de hacer cargo de los gastos de comunidad, las posibles reformas...

 

Además, en el subcontrato de compra habrán de plasmarse condiciones tales como el compromiso de vender el inmueble, el precio estipulado para este, el porcentaje de las mensualidades que se descontarán de ese precio en cuanto se proceda a esta transacción...

 

Para saber cómo extraer las condiciones más ventajosas y contar con los inquilinos (y potenciales compradores) más fiables, lo más indicado es contratar los servicios cualificados de una buena agencia negociadora del alquiler. De este modo, podremos llevar a cabo este negocio de la mejor forma posible.

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