Más de 25 años ofreciendo protección al propietario

BLOG

Blog Renta Garantizada

¿Qué es una vivienda vacía según la nueva ley?

La nueva Ley de Vivienda ha generado cambios significativos en el sector del alquiler que, tanto propietarios como inquilinos, deben conocer. En este post vamos a hablar de lo que la nueva ley entiende como vivienda vacía y cómo afecta a los propietarios que desean poner en alquiler su vivienda.

También te explicaremos cómo conseguir un alquiler seguro en Madrid y cómo calcular la rentabilidad de un alquiler y así obtener el máximo beneficio de tu vivienda alquilada.

Novedades de la nueva Ley de Vivienda

Entre las novedades de la nueva ley destacan la definición de "zona tensionada" y la ampliación de los límites de los precios de alquiler para los años 2023 y 2024. Además, se introduce la posibilidad de que los municipios puedan aplicar sanciones económicas con recargos tributarios a los propietarios de viviendas vacías, con el objetivo de fomentar su inclusión en el mercado. 

Sin embargo, la mayoría de propietarios se han hecho la misma pregunta: ¿qué se considera vivienda vacía y cómo se implementará la nueva medida?

¿Qué es una vivienda vacía según la nueva ley?

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), una vivienda se considera vacía cuando no sea la residencia habitual de una persona ni se utilice de manera estacional, periódica o esporádica, es decir, cuando esté deshabitada.

La nueva ley contempla que los ayuntamientos podrán aplicar un recargo tributario en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en función del tiempo que la vivienda permanezca vacía. Por ejemplo, podrían cobrar un recargo del 50% a todas aquellas viviendas que lleven desocupadas al menos dos años, siempre y cuando el propietario sea titular de cuatro o más inmuebles.

El recargo se podría incrementar hasta el 100% si la vivienda permanece desocupada más de tres años e incluso podría llegar al 150% si el propietario dispone de dos o más viviendas residenciales en el mismo municipio. Hay que destacar que la implementación de esta medida recae directamente en el municipio donde se encuentra la vivienda vacía.

El recargo por vivienda vacía se acumulará el 31 de diciembre y será liquidado anualmente por los municipios una vez se haya confirmado la desocupación del inmueble en esa fecha. La declaración municipal como inmueble desocupado con carácter permanente requerirá la audiencia previa del contribuyente y la verificación por parte del Ayuntamiento de los indicios de desocupación, según la normativa del ayuntamiento correspondiente. Esto podría incluir los datos del padrón municipal o los  consumos de servicios de suministro, como electricidad, gas y agua.

¿Cuál es el propósito de la nueva ley con las viviendas vacías?

El propósito detrás de esta iniciativa gubernamental es impulsar a los propietarios que tienen viviendas vacías a ponerlas en alquiler. De esta forma, se intenta evitar la escasez de oferta de vivienda en alquiler que propicia el continuo aumento de los precios del mercado. Según un informe realizado por Fotocasa e Infojobs en el año 2022, los españoles destinaron en promedio el 43% de sus salarios para hacer frente a los gastos de alquiler.

Los propietarios que mantengan sus viviendas vacías durante más de tres años, junto con los que tengan múltiples inmuebles desocupados en el mismo municipio, sin duda, van a ser los más afectados por esta nueva medida. 

¿Qué causas justificadas se contemplan para mantener una vivienda desocupada?

La nueva ley reconoce algunas causas justificadas para mantener una vivienda desocupada. Son las siguientes:

  • Traslados temporales por razones laborales o de formación.
  • Cambios de domicilio por razones de salud, emergencia social o dependencia.
  • Inmuebles sujetos a obras o rehabilitación.
  • Litigios pendientes.
  • Inmuebles en venta o alquiler en condiciones de mercado.

Confía en profesionales experimentados para alquilar tu vivienda

Como ves, la nueva ley puede perjudicar a los propietarios que tienen varios inmuebles y no logran alquilarlos. Una de las principales razones de no conseguir alquilar las viviendas suele ser no contar con una agencia negociadora del alquiler con experiencia y conocimiento de la nueva normativa.

En Renta Garantizada nos encargamos de todo lo relacionado con el alquiler de tu vivienda en todas las fases del proceso. Desde la selección del inquilino idóneo para tu vivienda, pasando por la redacción del contrato de arrendamiento con las cláusulas que protegen al propietario y su vivienda y, por supuesto, el seguimiento de cualquier incidencia hasta la resolución del mismo.

Además, si quieres un alquiler seguro para tu vivienda, te explicaremos cómo contratar un seguro de impagos de alquiler que garantice el cobro de tu alquiler, incluso si tu inquilino deja de pagarte (con un máximo de 12 meses). De esta forma, en lo que dure el proceso de desahucio, o se consiga que el inquilino pague lo que debe, el propietario siempre recibirá su renta y contará con el apoyó profesional y jurídico que necesite hasta solucionar el problema.

No dudes en contactar con nosotros para resolver cualquier duda o consulta, estaremos encantados de ayudarte. ¿Hablamos?

Empresa perteneciente al grupo

Grupo Neinor