BLOG

Blog Renta Garantizada

Valoración de inmuebles en Madrid

 

Existen múltiples razones para querer realizar una valoración de una casa o un inmueble. Puede ser necesaria antes de iniciar el proceso de compra-venta de un piso en Madrid, el alquiler del mismo, el Impuesto sobre los Bienes e Inmuebles o incluso a la hora de hacer la Declaración de la Renta. En el caso de la Comunidad de Madrid, hay una serie de recursos facilitados por la administración que nos ayudarán a realizar la valoración de una vivienda, así como de los diferentes bienes inmuebles urbanos y rústicos. A continuación veremos en qué consiste exactamente esta herramienta. 

 

Diferencia entre tasación y valoración catastral

Antes de abordar la valoración de nuestros inmuebles en Madrid, tenemos que conocer las diferencias entre el valor catastral y la tasación

 

La tasación nos dará como resultado el valor de mercado del inmueble. Este tendrá en cuenta todas las circunstancias relacionadas con la propiedad para averiguar el valor real del mismo. Entre las que se encuentran las propiedades físicas del inmueble y de su entorno: antigüedad, estado de conservación, materiales empleados, posibles obras de mejora, eficiencia energética, localización, precio de mercado de la zona, accesibilidad, conectividad, servicios y zonas verdes, etc. 

 

La valoración catastral, por su parte, es fijada por la Dirección General del Catastro y puede ser consultada en el mismo. Este tendrá en cuenta valores objetivos de la vivienda y, normalmente, es el precio mínimo del que partir a la hora de establecer el precio de venta del mismo. 

 

 

Valoración de pisos en la Comunidad de Madrid

Según el artículo 90 de la Ley General Tributaria  (Ley 58/2003, de 17 de diciembre), la Comunidad de Madrid tiene la obligación de proporcionar al ciudadano la información sobre el valor de los inmuebles en la Comunidad. La finalidad de la misma es establecer el valor de la propiedad para poder afrontar la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. 

 

Con todo, esta información puede ser valiosa a la hora de acometer la gestión de inmuebles en Madrid. También hay que tener en cuenta que el propietario no tiene la obligación de vender su inmueble al precio marcado. 

 

Pasos para la valoración de bienes inmuebles urbanos y rústicos en Madrid

 

A continuación vamos a descubrir, paso a paso, cómo beneficiarnos de este servicio público.

 

1 Acceso a la página web

Lo primero que tendremos que hacer es acceder a la página web que la Comunidad de Madrid pone a disposición de los ciudadanos. La información que solicitemos será facilitada única y exclusivamente a petición del ciudadano. La validez del mismo será de 3 meses desde que la valoración es facilitada.

 

2 Valoración online

 

Para poder acceder a este tipo de servicios tendremos que aportar la referencia catastral. La misma la conseguiremos en la Sede Electrónica del Catastro al introducir la dirección de la vivienda. Gracias a la valoración online podremos obtener tanto la valoración de bienes urbanos y rústicos, como el Certificado de valoración vinculante de viviendas, garajes, locales, oficinas, fincas rústicas y naves industriales, siempre y cuando contemos con el certificado digital. 

 

3 Valoración presencial de la vivienda 

 

Como suele ser habitual, la administración pública pone al servicio de los ciudadanos la opción de realizar este tipo de trámites de manera presencial. Buscando siempre dar las mayores facilidades al ciudadano para que pueda realizar la gestión de su vivienda en Madrid de la manera más eficiente posible. En caso de decantarnos por esta opción, tenemos la obligación de solicitar cita previa. La misma puede realizarse a través de la misma página web. 

 

Tasas por valoración previa

Las valoraciones previas online no requieren del abono de ningún monto económico. Por lo que el propietario interesado puede solicitarla cómodamente desde su hogar sin incurrir en gasto alguno. Sin embargo, en el caso de que solicitemos la certificación de valoración por registro, salvo en el caso de viviendas y los anejos de las mismas, estos deben ir cumplimentados con la tasa por emisión de informe de valoración. 

 

 

Esta es la información que proporciona la administración pública a la hora de llevar a cabo la valoración del inmueble. Para cualquier duda adicional pone a disposición de la ciudadanía un teléfono y un email de contacto. En Renta Garantizada somos expertos en gestión de inmuebles en Madrid y te ayudamos a llevar a cabo cualquier trámite que vayas a necesitar en lo referente a tu vivienda. 

emailGarantizar mi alquilerphone900 10 10 95