BLOG

Blog Renta Garantizada

¿Qué es el IGC en el alquiler?

Como sabemos, la inflación está golpeando con dureza nuestra economía incrementando mucho los precios de productos y servicios básicos, como es el caso de la vivienda. La subida del alquiler del IPC en 2022 está siendo la más alta en los últimos 38 años y muchas personas están teniendo serios problemas para pagar el alquiler.

En este post vamos a ver cómo se comporta el IGC (Índice de Garantías de Competitividad) que, con la nueva ley aprobada por el gobierno, influye directamente en el cálculo de la renta del alquiler cuando se renuevan los contratos de arrendamiento. Muchas personas no saben exactamente en qué consiste este baremo, por eso vamos a contarte todo lo que necesitas saber sobre el IGC y cómo puede influir en el alquiler para inquilinos y propietarios.

Aplicación del IGC en el alquiler 2022

El IPC suele ser el índice que marca la revisión de los alquileres y en los últimos meses ha alcanzado cuotas nunca vistas desde el año 1984. Debido a esta desmesurada subida de precios, el gobierno decidió en marzo de 2022 poner límite a la subida de los alquileres hasta el 2%. Estas medidas se han prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2022.

Estas medidas han supuesto la sustitución del IPC por el  IGC (Índice de Garantía de la Competitividad) como índice de referencia para el cálculo del precio de los alquileres en la revisión de contratos. El IGC se calcula igual que la media del IPC de los países de la zona euro, pero corregido para conseguir ajustar la pérdida de competitividad de nuestro país desde el año 1999.

El último dato del IGC de septiembre de 2022 se sitúa en el 7,34%, el más alto desde que se recogió este dato por primera vez en 2015. De hecho, hasta agosto de 2021 siempre ha estado en negativo, pero luego empezó a subir sin parar hasta el día de hoy. El INE (Instituto Nacional de Estadística) es el encargado de su cálculo y publicación mensual.

Mientras el IGC se mantenga en tasas superiores al 2%, como está sucediendo en la actualidad, a la hora de renovar los contratos de alquiler, la renta no podrá superar el 2% debido a la limitación que impulsó el gobierno y que continúa vigente.

Según la nueva Ley de Vivienda aprobada recientemente, si el propietario es un gran tenedor, la actualización de la mensualidad no podrá exceder el 2%, entendiendo como como gran tenedor a la persona física o jurídica que sea propietaria de más de 10 inmuebles de uso residencial urbano o una superficie que tenga más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo trasteros o garajes.

Lo que debemos tener claro es que, independientemente de la limitación del gobierno y del IGC, siempre primará el acuerdo entre las partes si así lo indica el contrato. Es decir, que ambos pueden pactar no subir la renta, hacerlo por encima de ese 2% o por debajo del IGC.

En caso de no llegar a un acuerdo entre el pequeño arrendador y el inquilino, ahí sí que hay que respetar el límite de 2% en caso de que el IGC marque un baremos superior en la fecha en la que debe actualizarse la mensualidad.

¿Hay que actualizar la mensualidad del alquiler anualmente?

El límite del 2% de la subida de la renta de alquiler va a afectar a más de 2,5 millones de contratos. Según cálculos del portal “Idealista.com”, este límite afectará a propietarios e inquilinos. Los primeros, dejarán de ingresar unos 1.700 millones de euros, un dinero que los inquilinos podrán ahorrar en la revisión de sus contratos. 

Esta limitación forzosa en contratos que se firmaron hace años, ha hecho recapacitar a muchos propietarios que prefieren dar por terminado el contrato y no prorrogarlo hasta que termine el periodo de limitación. 

Otros propietarios se plantean el alquiler de habitaciones y otros prefieren continuar con inquilinos que les inspiran confianza, que conocen desde hace tiempo y, por supuesto, que pagan la renta sin ningún problema. No es mala idea conservar un buen inquilino aunque se tenga que adecuar la renta a la nueva legislación, ya que el riesgo por impago se ha incrementado y, con la nueva ley, se suspenden los desahucios en determinadas circunstancias.

Desde Renta Garantizada, nuestra recomendación es que cuando llegue el momento de actualizar la renta del alquiler en contratos que deben revisarse de aquí al 31 de diciembre de 2022 (si es que el gobierno no amplía las medidas más allá de esa fecha), el propietario contacte con nosotros para estudiar su caso y asesorarle profesionalmente. Es la mejor forma de tomar la decisión más acertada.

Nuestros profesionales están al tanto de las últimas modificaciones en la normativa legal vigente relacionada con el alquiler de viviendas y podrán ayudarte a resolver cualquier duda. Llámanos y cuéntanos tu caso, estaremos encantados de ayudarte.

emailGarantizar mi alquilerphone900 10 10 95